Rappi y Banorte reciben multa de 19.9 millones de pesos por la comisión antimonopolio

Rappi y Banorte reciben multa de 19.9 millones de pesos por la comisión antimonopolio Rappi y Banorte reciben multa de 19.9 millones de pesos por la comisión antimonopolio
Foto: Especial

La Comisión Nacional Antimonopolio (CNA) impuso una multa de 19.9 millones de pesos a Rappi y Grupo Financiero Banorte. Esto por concretar una operación corporativa sin contar previamente con la autorización del organismo regulador.

De acuerdo con la autoridad, el 20 de julio de 2020 ambas compañías realizaron una operación. A través de esta, la institución bancaria obtuvo facultades para intervenir en decisiones relacionadas con el negocio de tarjetas de crédito de Rappi, en específico la RappiCard.

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Sin embargo, dicha transacción no fue notificada ni autorizada previamente por la autoridad antimonopolio, como lo exige la legislación mexicana en ciertos casos.

¿Qué es una concentración sin autorización previa, razón por la que multaron a Rappi y Banorte?

En términos económicos y regulatorios, una concentración ocurre cuando dos empresas establecen una alianza, adquisición, fusión o esquema de participación que puede modificar las condiciones de competencia dentro de un mercado.

La ley mexicana obliga a que determinadas operaciones corporativas, especialmente en sectores estratégicos como el financiero, sean notificadas antes de concretarse. El objetivo es que la autoridad evalúe si podrían afectar la competencia, los precios, la oferta de servicios o generar ventajas indebidas. Por ello es que la Comisión Nacional Antimonopolios impuso la multa a Rappi y Banorte.

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Este mecanismo es conocido como control previo de concentraciones y busca prevenir prácticas que eventualmente puedan perjudicar a consumidores o competidores.

La CNA explicó que Rappi y Banorte incurrieron en incumplimiento porque ejecutaron acuerdos de participación y toma de decisiones antes de recibir una resolución formal favorable.

“La obligación no es un trámite opcional ni una formalidad menor; es un deber legal que aplica por igual a todas las empresas”, señaló el organismo.

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