¿Cuál es la multa si una empresa te hace trabajar más de 48 horas?

¿Cuál es la multa si una empresa te hace trabajar más de 48 horas? ¿Cuál es la multa si una empresa te hace trabajar más de 48 horas?
Foto: Freepik

Desde finales de la administración de Andrés Manuel López Obrador se extiende una iniciativa de ley para aprobar las jornadas laborales de 40 horas. En la actualidad el plazo está ubicado en 48 horas de trabajo a la semana; sin embargo, ¿qué pasa y cuál es la multa si tu empresa supera dicho periodo?

La Ley Federal del Trabajo establece que el límite máximo semanal son 48, distribuidos a lo largo de seis días, seguido de una jornada de descanso. El gobierno de Claudia Sheinbaum propuso que se llegará a las 40 horas semanales de manera gradual para 2030.

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¿Qué pasa si una empresa te hace trabajar más de 48 horas y cuál es la multa?

Las sanciones no son menores para estas situaciones. Sobre todo luego que esta práctica se considera como “explotación laboral”. La Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas de Estos Delitos, se indica que:

“Existe explotación laboral cuando una persona obtiene, directa o indirectamente, beneficio injustificable, económico o de otra índole, de manera ilícita, mediante el trabajo ajeno, sometiendo a la persona a prácticas que atenten contra su dignidad”.

Entre los motivos que se indican están:

  • Condiciones peligrosas o insalubres, sin las protecciones necesarias de acuerdo a la legislación laboral o las normas existentes para el desarrollo de una actividad o industria
  • Existencia de una manifiesta desproporción entre la cantidad de trabajo realizado y el pago
    efectuado por ello
  • Salario por debajo de lo legalmente establecido
  • Jornadas de trabajo por encima de lo estipulado por la Ley

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La multa en caso de que tu empresa cometa explotación laboral, y bajo el supuesto de que superen las 48 horas de trabajo, se indica en el artículo 21 de dicha ley:

“Será sancionado con pena de 3 a 10 años de prisión, y de 5 mil a 50 mil días multa, quien explote laboralmente a una o más personas”.

Sin embargo dicha sanción se vuelve más severa en caso de que se cometa contra personas que pertenezcan a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas. En dicho supuesto se indica:

“Las penas previstas serán de 4 a 12 años de prisión, y de 7 mil a 70 mil días multa”.

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Expertos piden a la ciudadanía que en caso de que la empresa donde laboren superen las 48 horas de trabajo a la semana, acudan ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) o la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet).

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