Tribunal Electoral restituye candidaturas inelegibles por el INE

Candidaturas inelegibles por el INE Candidaturas inelegibles por el INE
El organismo había declarado inelegibles 45 candidaturas electas. Imagen: FreePik

La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) restituirá los triunfos de candidaturas inelegibles por el INE. Esto sucede tras determinar que el Instituto Nacional Electoral excedió sus atribuciones al invalidar 45 postulaciones por no cumplir con un promedio académico mínimo. Ahora, se deberán entregar las constancias de mayoría a las personas electas.

El organismo había declarado inelegibles 45 candidaturas electas. De estas, 24 correspondían a magistraturas de Circuito y 21 a juzgados de Distrito. Sin embargo, el Tribunal concluyó que la evaluación académica ya había sido realizada por los comités técnicos, y no correspondía al INE modificarla.

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Candidaturas inelegibles por el INE habrían rebasado sus funciones

Con una votación dividida de tres votos a favor, el Tribunal resolvió revocar el acuerdo del INE. El proyecto del magistrado Felipe Fuentes argumentó que el Instituto impuso filtros no contemplados en la convocatoria, sustituyendo la evaluación técnica de los comités y afectando la certeza jurídica del proceso.

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Candidaturas inelegibles por el INE
Imagen: FreePik

Votos a favor:

  • Mónica Soto
  • Felipe Fuentes
  • Felipe de la Mata

Votos en contra

  • Janine Otálora
  • Reyes Rodríguez

“El INE y el propio Tribunal carecen de atribuciones para revisar o modificar la metodología de los comités técnicos”, subrayó el magistrado Fuentes.

Certeza del voto ciudadano debe prevalecer

El proyecto aprobado sostuvo que las decisiones deben respetar tres principios fundamentales: la evaluación técnica previa, la voluntad ciudadana expresada en las urnas y la inalterabilidad de las reglas posteriores al sufragio. En ese sentido, se determinó que el INE vulneró la certeza electoral al calificar como candidaturas inelegibles a personas ya evaluadas.

La magistrada presidenta Mónica Soto respaldó la resolución al señalar que el INE realizó una interpretación subjetiva sobre qué materias académicas debían considerarse para acreditar el promedio de 9.0, criterio que no estaba definido previamente en la convocatoria.

Tribunal restituye constancias de mayoría a los electos

Finalmente, con esta resolución, el Tribunal Electoral reafirma que las reglas del proceso deben respetarse conforme fueron establecidas y que las funciones técnicas de evaluación no deben ser alteradas por autoridades administrativas. Las constancias de mayoría deberán entregarse a quienes resultaron electos, invalidando así la declaratoria de candidaturas inelegibles por el INE.

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