En una sesión que duró apenas una hora con 38 minutos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió de manera definitiva siete juicios fiscales promovidos por Elektra y TV Azteca, parte de Grupo Salinas, algunos de ellos iniciados hace más de 16 años.
Por unanimidad, el Pleno confirmó las sentencias de tribunales colegiados que ordenan a las empresas de Grupo Salinas pagar 48 mil 326 millones 809 mil pesos, correspondientes a ISR, recargos, actualizaciones y multas de los ejercicios fiscales 2008 a 2015.
La resolución representa uno de los fallos fiscales más relevantes en la historia reciente del país y marca un precedente en juicios similares en curso.
Únete a nuestro canal de WhatsApp
SCJN: Juicios de Grupo Salinas no tenían interés constitucional
Durante la sesión, los ministros coincidieron en que los reclamos de Elektra y TV Azteca no mostraron un interés excepcional constitucional que justificara entrar al fondo del análisis de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR).
La Corte recordó que existen precedentes firmes que ya han resuelto los argumentos planteados por las empresas, particularmente en materia de:
- Interpretación de la Ley del ISR
- Facultades de fiscalización
- Procedencia de créditos fiscales
- Actualización y recargos
Con ello, el máximo tribunal concluyó que los amparos eran improcedentes y confirmó los fallos que ordenan el pago de los adeudos.
Más de 48 mil millones por ISR 2008–2015
Los créditos fiscales confirmados abarcan adeudos acumulados a lo largo de ocho ejercicios:
- 2008
- 2009
- 2010
- 2011
- 2012
- 2013
- 2014
- 2015
El monto más alto corresponde al ejercicio 2013, con un crédito de 33,306 millones 476 mil 459 pesos, derivado de ISR, actualizaciones, multas y recargos.
Este caso fue también el que más tiempo tomó durante la sesión del Pleno, con 26 minutos de discusión técnica antes de confirmarse su improcedencia.
Para llegar a las sentencias definitivas, la SCJN analizó:
- Amparos directos en revisión
- Recursos de reclamación
- Impedimentos promovidos por las empresas
En total se discutieron 15 proyectos, presentados por siete ministros, con resoluciones que en todos los casos fueron adoptadas por unanimidad.
Uno de los puntos centrales fue el análisis del recurso de reclamación de la Secretaría de Hacienda, que revirtió un acuerdo de agosto de 2024 en el que la ministra presidenta, Norma Piña, había admitido a revisión uno de los amparos.
El Pleno decidió dejar sin efecto dicho acuerdo y con ello confirmó el crédito fiscal más elevado.
Leer más: FinCEN señala 10 casinos en México por presunto lavado de dinero vinculado al Cártel de Sinaloa
Elektra intentó recusar a la ministra Lenia Batres, pero la Corte rechazó el impedimento
Entre los asuntos resueltos destacó un impedimento presentado por Elektra para intentar apartar de los casos a la ministra Lenia Batres Guadarrama, argumentando presunta falta de imparcialidad por comentarios críticos que realizó en 2020 y 2021 sobre Ricardo Salinas Pliego y sus empresas.
El Pleno declaró el impedimento infundado, revirtiendo el criterio previo de las salas de la SCJN que sí habían separado a la ministra en años anteriores.
Con esta decisión, la Corte envió un mensaje claro:
los comentarios externos no constituyen, por sí solos, causa suficiente para apartar a un ministro en un caso de interés público.
Impacto legal: Precedentes que facilitarán futuros juicios fiscales
Las resoluciones de la SCJN no solo cierran de manera definitiva los siete juicios de Grupo Salinas, sino que también:
- Fijan criterios obligatorios para tribunales federales y juzgados
- Afectan casos similares en curso, incluso del mismo conglomerado
- Reducen la posibilidad de nuevas revisiones de la Ley del ISR bajo los mismos argumentos
En la práctica, estas sentencias podrían acelerar la conclusión de otros litigios fiscales de alto impacto pendientes en el Poder Judicial.
La resolución definitiva contra Elektra y TV Azteca representa uno de los revés judiciales más contundentes para Grupo Salinas en materia fiscal y consolida el papel de la SCJN como garante del cumplimiento de las obligaciones tributarias de grandes corporaciones.